
Un debut rodeado de polémica
La inscripción de Franco Mastantuono como jugador del Castilla, con dorsal número 30, ha abierto un debate inesperado en la previa del duelo entre Real Madrid y Osasuna. El joven talento argentino, fichaje de relumbrón para el presente y el futuro del club blanco, podría estar en el centro de una controversia jurídica: ¿incurriría el Madrid en alineación indebida si salta al campo con ficha de filial?
Opiniones enfrentadas entre los expertos
En el ámbito legal no hay consenso. Algunos especialistas entienden que no existe irregularidad alguna, mientras que otros avisan de un posible fraude de ley.
Miguel Galán, presidente de CENAFE y habitual en cuestiones jurídicas relacionadas con el fútbol, lanzó una advertencia al club: “El jugador posee una licencia válida, pero la inscripción en el filial se ha realizado con manifiesta mala fe. Se busca eludir la normativa de dorsales del 1 al 25 para ampliar la disponibilidad de efectivos en el primer equipo”.
Lo que dice la normativa
La RFEF permite que futbolistas de equipos filiales participen en encuentros del primer equipo bajo reglas claras. Los artículos 250 y 251 regulan esta relación y contemplan la posibilidad de ascensos puntuales, con límites de edad y número de partidos.
Sin embargo, el artículo 125 del Reglamento General establece una cláusula anti-abuso: la inscripción en un filial no puede utilizarse como herramienta para esquivar el espíritu de la norma. Es decir, si la intención es que Mastantuono juegue de manera habitual en el primer equipo, hacerlo con ficha del Castilla podría considerarse un fraude de ley.
Dos interpretaciones posibles
- Lectura favorable al club: si la inscripción es válida, el jugador cumple los requisitos de edad y licencia, y aparece en el acta, no habría infracción.
- Lectura crítica: si se demuestra que la ficha en el Castilla fue una maniobra instrumental para evitar la normativa de dorsales, podría abrirse la puerta a una denuncia por alineación indebida.
En cualquier caso, para que hubiera sanción sería necesario probar que la inscripción se utilizó con dolo o intención de eludir la normativa, algo difícil de acreditar sin documentación y comunicaciones oficiales entre el club y la RFEF.
El trasfondo competitivo
Más allá del aspecto sancionador, el debate abre un problema de fondo: si los grandes clubes inscriben a estrellas en sus filiales sin intención de utilizarlos realmente en esa categoría, se distorsiona la competición en la que participan los equipos dependientes. Esa es precisamente la situación que el artículo 125 trata de evitar.
Conclusión y posibles escenarios
La interpretación final dependerá de cómo actúe la RFEF y de si Osasuna decide denunciar tras el encuentro, para lo cual tendría 24 horas. Si Mastantuono juega, el caso podría convertirse en un precedente clave sobre hasta dónde pueden llegar los clubes en el uso “creativo” de las inscripciones.



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